SEGURO DE REEMBOLSO POR NO USO DE BOLETOS - TICKET SEGURO
MONTO ASEGURADO
El 100% del costo incurrido de los boletos, entradas, tickets y/o similares que aseguren el ingreso al evento, incluidos impuestos, en caso de que no haya podido hacer uso de los mismos. No se considerará para efectos de esta cobertura el costo incurrido por los asegurados en la compra de productos de merchandising, ni alimentación y fast pass.
En caso de comprar entradas a eventos con duración mayor a un día, se pagará la proporción del costo incurrido correspondiente a los días en que se vio imposibilitado de asistir. Cada día del evento será considerado con la misma ponderación (por ejemplo, si el evento tuvo una duración de 2 días, la ponderación para cada uno será 50% del valor del costo de la entrada, boleto o ticket), pagándose lo mismo por cada día independiente de qué día sea. Sólo se asumirá el 100% del costo de la entrada, boleto o ticket en caso de no poder asistir a ningún día del evento.
Asimismo, las compras de abonos que comprenden la entrada a más de un evento, también se pagará proporcionalmente por los eventos a los que no se pudo asistir. Sólo se asumirá el 100% del costo de la entrada, boleto o ticket en caso de no poder asistir a ningún evento del abono adquirido. Para ello, se verificará que la entrada, boleto o ticket por el cual se solicita la indemnización no haya sido utilizado.
En todos los casos antes expuestos, el asegurado solo presentará una solicitud de reembolso, la cual deberá ser remitida como máximo 15 días después de culminado el evento, según el procedimiento contenido en el presente documento (Procedimiento para solicitar la Cobertura), siendo responsabilidad de la compañía de seguros realizar el cálculo del monto a indemnizar. Una vez aprobado dicho monto, se realizará el depósito correspondiente a través del medio pago seleccionado por el cliente al momento de comprar la entrada, boleta o ticket en la plataforma de Ticketmaster, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario.
EXCLUSIONES
No se pagará el monto asegurado por esta póliza cuando el motivo de inasistencia al evento se genera a consecuencia de alguna de las siguientes situaciones:
a) Efectos de guerra, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra, así como tampoco ningún ejercicio o práctica de guerra.
-
b) Suicidio, intento de suicidio, o heridas auto inferidas, ya sea que el asegurado haya estado en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
-
c) Prestación de servicios del asegurado en las Fuerzas Armadas o funciones policiales de cualquier tipo. Para todos los efectos de esta póliza las funciones de policía incluyen además las funciones de policía civil y gendarmería.
-
d) La conducción de cualquier vehículo por parte del asegurado, encontrándose bajo estado de ebriedad conforme a los límites establecidos en la normativa vigente a la fecha de siniestro o bajo intoxicación o efectos de cualquier narcótico o droga a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Dichos estados deberán acreditarse mediante la documentación expedida por los organismos correspondientes.
-
e) Negligencia o imprudencia o culpa grave del asegurado.
-
f) Movimientos sísmicos desde el grado 8 inclusive en la escala de Mercalli, determinado por el Servicio Sismológico del Departamento de Centro Sismológico Nacional o del servicio que en el futuro lo reemplace.
-
g) Viaje o vuelo en vehículo aéreo en un transporte no sujeto a itinerario, ni operado por una empresa de transporte aéreo comercial sobre una ruta establecida.
-
h) Fractura de Huesos producida como consecuencia directa e inmediata de osteoporosis y/o fractura nasal.
-
i) El evento es cambiado de fecha o cancelado por la productora o por el vendedor de los boletos, entradas u otros, por cualquier razón (incluyendo mal tiempo).
-
j) Riesgos nucleares.
-
k) Padecimientos congénitos.
-
l) Participación por el asegurado o beneficiario en cualquier acto calificado como delito, en calidad de autor, cómplice o encubridor.
-
m) Riñas o alborotos populares en los que hubiere intervenido el asegurado.
-
n) Las causales establecidas en el Condicionado Particular cuyo origen sea anterior a la fecha de vigencia individual del asegurado en la póliza.
-
o) Este seguro no otorga cobertura en aquellos casos en que el asegurado o beneficiario (i) tenga residencia en un país sancionado, (ii) se encuentren incluidos en alguna de las listas o sanciones de las Naciones Unidas, de la Oficina del Tesoro de los EE.UU. (OFAC por sus siglas en inglés), como personas o países designados (Specially Designated Nationals List), y demás aplicables conforme a la legislación local, o (iii) no se reembolsarán gastos médicos por servicios prestados en cualquier país sancionado.
PRIMA
La prima del presente seguro se expresará en soles (S/) e incluye IGV, y corresponderá a un porcentaje del valor de los boletos, entradas, tickets y/o similares que aseguren el ingreso al evento, a los que se asociará el seguro.
El importe de la prima se pagará de forma única a través del medio de pago seleccionado por el cliente al momento de comprar los boletos, entradas, tickets y/o similares que aseguren el ingreso al evento, en alguno de los canales de venta de TicketMaster.
En caso de que el evento asociado al seguro contratado por el asegurado sea cancelado por el promotor del evento, al cliente se le devolverá el 100% del valor del seguro.
VIGENCIA DEL SEGURO
La vigencia de la cobertura individual del Asegurado Titular comenzará a regir al momento de la contratación del seguro hasta la fecha en que tenga lugar el propósito para el cual se compraron los boletos, entradas, tickets y/o similares que aseguren el ingreso al evento.
PROCEDIMIENTO PARA SOLICITAR LA COBERTURA
Ocurrido el siniestro, donde el Asegurado se vea imposibilitado de hacer uso de sus boletos, entradas, tickets y/o similares, el Asegurado deberá reportar el siniestro a través del buzón de correo electrónico siniestrosrrgg@pacifico.com.pe o al número (01) 415-1515, dentro de los 15 días contados desde la fecha de realización del evento, adjuntando los documentos correspondientes, señalados a continuación, incluyendo además copia del boleto, entrada, ticket y/o similar objeto de la cobertura:
- Causal de Hospitalización por enfermedad o accidente
- Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- Informe médico que certifique la causa de hospitalización (en original).
- Certificado de hospitalización, emitido por el Centro Médico respectivo, firmado por la autoridad competente (Director Médico) en original.
- Parte Policial (si aplica).
2. Causal de lesión que implique fractura de hueso
- Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- Informe del radiólogo y radiografías de diagnóstico (si aplica).
- Informe de médico tratante con fecha de diagnóstico y de primeros síntomas (si aplica).
- Hoja de atención de urgencia en centro médico (si aplica).
- Parte Policial (si aplica).
3. Licencia médica - Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- El asegurado deberá presentar un certificado médico, del familiar, acompañante o titular, el cual es un documento que certifica alguna enfermedad o patología en el que se encuentra una persona. Dicho certificado debe ser emitido por un médico debidamente inscrito en los registros de la institución oficial de salud nacional.
4. Causal de muerte accidental - Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- Certificado de Defunción.
- Copia del parte policial con narración de los hechos.
- Hoja de atención de urgencia en un centro médico.
- Boletos, entradas, tickets y/o similares.
- Otros antecedentes tales como, informes, declaraciones, certificados o documentos, en especial los relativos al fallecimiento del Asegurado, destinados a probar la coexistencia de todas las circunstancias necesarias para establecer la responsabilidad de la Compañía Aseguradora.
5. Causal de cancelación de medio de transporte - Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- Pasaje que indique fecha de salida y arribo (debidamente facturado y pagado).
- Comprobante de cancelación de pasaje emitido por compañía de transporte.
6. Causal de accidentes de tránsito que ocurran el mismo día del evento, en el trayecto directo de ida hacia el lugar del evento - Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- Pasaje que indique fecha de salida y arribo (debidamente facturado y pagado).
- Copia de la denuncia policial, cuando corresponda.
- Comprobante de cancelación de pasaje emitido por compañía de transporte.
7. Causal de tratamiento de las enfermedades o cirugías
- Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- Informe de médico tratante con fecha de primeros síntomas (si aplica) o informe médico que certifique la causa de hospitalización (en original).
- Exámenes médicos comprobatorios del diagnóstico de la enfermedad.
- Parte Policial (si aplica).
- Ficha Clínica / Radiografías (si aplica).
8. Causal cuarentena por COVID - Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- Certificado o documentos comprobatorios del cumplimiento de la causal emitido por un laboratorio médico, el cual es un establecimiento acreditado por el ministerio de salud de Perú para realizar exámenes médicos, que acredite que el asegurado padece de Covid19 dentro de un plazo de 05 días previos al evento o indique las fechas en las cuales deberá hacer efectiva la cuarentena.
9. Causal Inhabitabilidad del hogar
- Fotocopia de Documento Nacional de Identidad.
- Copia de la denuncia policial emitida por la Policía Nacional, la cual debe constar por escrito y contar con la fecha en que se realizó. La denuncia deberá realizarse tan pronto sea posible en un plazo máximo de 10 días contados desde la ocurrencia del siniestro en la unidad más cercana al lugar donde sucedieron los hechos, salvo en caso de imposibilidad física grave, en cuyo caso y previa comprobación de este, el plazo se entenderá prorrogado por el plazo de 30 días.
- Copia del Parte Policial, cuando corresponda.
- Copia del informe emitido por Bomberos.
Para hacer efectiva la cobertura se validará que los boletos, entradas, tickets y/o similares que aseguren el ingreso al evento no hayan sido utilizados, ni que hubieran sido reembolsados por el CONTRATANTE, y que estén legítimamente en poder del Asegurado o Beneficiario del seguro.
La Compañía se reserva el derecho de solicitar otros antecedentes adicionales, si así lo estimara conveniente, y que sean fundamentales para la correcta evaluación del siniestro. Se deja expresa constancia que los beneficiarios podrán prestar toda la ayuda necesaria para que la Compañía obtenga estos antecedentes y de esta forma, se tramite la liquidación en el más breve plazo posible.
ENVÍO DEL CERTIFICADO DE SEGURO
Una vez finalizada la contratación del seguro, la Compañía remitirá el Certificado de Seguro al Asegurado mediante el envío de un correo electrónico a la cuenta de correo consignada al momento de la contratación del seguro. La Compañía contará con un plazo máximo de quince (15) días calendarios para remitir el referido documento al Asegurado. Asimismo, la Compañía podrá poner a disposición del Asegurado, el respectivo Certificado de Seguro mediante plataformas digitales desde donde éste podrá leerlo, imprimirlo, conservarlo y reproducirlo sin cambios.
DERECHO DE ARREPENTIMIENTO
El Contratante y/o Asegurado tiene derecho de arrepentimiento, en cuyo caso podrá resolver el presente contrato o el certificado, según corresponda, sin expresión de causa ni penalidad alguna dentro de los quince (15) días calendarios siguientes a la fecha de contratación de la póliza o certificado de seguro, utilizando el mismo canal y forma por el cual contrató el seguro o mediante comunicación escrita dirigida al área de atención al cliente de PACÍFICO SEGUROS, remitido por medios físicos o electrónicos, o a través de cualquiera de los canales puestos a disposición según lo indicado en las Condiciones Particulares de la póliza o del certificado de seguros.
En general, el Contratante y/o Asegurado, podrán utilizar los mismos canales y procedimientos que se usó para la contratación de la póliza. Si hubiere pagado la prima o parte de ella, se le devolverá en el plazo máximo de 30 días de recibida la comunicación antes indicada. No obstante, lo anterior, El CONTRATANTE y/o el ASEGURADO, podrán hacer uso del derecho de arrepentimiento en tanto no haya utilizado ninguna de las coberturas y/o beneficios otorgados por el contrato de seguro; o, hubiera culminado la vigencia del contrato de seguro.
AUTORIZACIÓN DE DATOS PERSONALES
De conformidad con lo establecido en la Ley N°29733, Ley de Protección de Datos Personales y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N°003-2013-JUS, el Asegurado queda informado y da su consentimiento libre, previo, expreso, inequívoco e informado, para el tratamiento y transferencia, nacional e internacional, de sus datos personales al banco de datos de titularidad de Pacífico Seguros, ubicado en su domicilio indicado en la presente Póliza.
Pacífico Seguros utilizará estos datos, junto con otros que se pongan a disposición durante la relación comercial, y con aquellos obtenidos en fuentes accesibles al público, con la finalidad de analizar y manejar los riesgos materia del aseguramiento, gestionar la contratación y seguimiento de pólizas de seguros y evaluar la calidad del servicio.
Asimismo, Pacífico Seguros utilizará los datos personales con fines publicitarios y comerciales a fin de remitir al Asegurado información sobre productos y servicios en el mercado financiero y de seguros que considere de su interés.
El Asegurado reconoce y acepta que Pacífico Seguros puede encargar el tratamiento de los datos personales a un tercero, y que se podrá realizar un procesamiento automatizado o no con dichos terceros por temas técnicos o comerciales.
Los datos proporcionados serán incorporados, con las mismas finalidades a las bases de datos de empresas subsidiarias, filiales, asociadas, afiliadas o miembros del Grupo Económico al cual pertenece y/o terceros con los que éstas mantengan una relación contractual.
Los datos suministrados por el Asegurado son esenciales para las finalidades indicadas. Las bases de datos donde se almacena la información cuentan con estrictas medidas de seguridad. En caso el Asegurado decida no proporcionarlos, no será posible la prestación de servicios por parte Pacífico Seguros. Conforme a ley, el Asegurado está facultado a ejercer los derechos de información, acceso, rectificación, supresión o cancelación y oposición que se detallan en www.pacifico.com.pe mediante el procedimiento que se indica en dicha dirección electrónica.
SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
En caso de consultas y/o reclamos, el CONTRATANTE, ASEGURADO Y/O BENEFICIARIO puede contactarse con PACÍFICO SEGUROS al 01 513-5000 (Lunes a Viernes de 10:00 a 17:00 horas) o ingresando a la página web http://www.pacifico.com.pe/libro-de-reclamaciones de PACÍFICO SEGUROS o acudir a cualquiera de la red de oficinas de atención al público y demás medios digitales.
Las solicitudes y reclamos que presenten los CONTRATANTES, ASEGURADOS Y/O BENEFICIARIOS deben resolverse en un plazo no mayor de quince (15) días calendarios. Excepcionalmente, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones podrá establecer un plazo ampliatorio cuando la naturaleza y complejidad de la operación, producto o servicio materia del reclamo o requerimiento lo justifique, situación que debe ponerse en conocimiento del cliente antes de la culminación del plazo inicial, sin perjuicio del derecho del consumidor de recurrir directamente ante la Autoridad de Consumo.
De no estar de acuerdo en todo o con parte del resultado de la solicitud o reclamo, los CONTRATANTES, ASEGURADOS Y/O BENEFICIARIOS pueden presentar un nuevo requerimiento para su reevaluación o pueden acudir a la defensoría del Asegurado. Asimismo, pueden manifestar su disconformidad presentando el reclamo a una de las instituciones que regulan la atención de estos, tales como la Superintendencia de Banca y Seguro y/o al INDECOPI.
Defensoría del Asegurado
Calle Amador Merino Reyna 307, Piso 9, San Isidro, Lima
Teléfono: (511) 421 – 0614
Web: www.defaseg.com.pe
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual
Calle de la Prosa 104, San Borja, Lima
Teléfono: (511) 224 - 7777
Web: www.indecopi.gob.pe
Superintendencia de Banca, Seguros y AFP
Teléfono: (511) 428 – 0555 y 800 - 10840
Web: www.sbs.gob.pe